- EL DIAGNÓSTICO
- Etapa 1: Prescripción
- Etapa 2: Elección del operador
- Etapa 3: Proyecto científico de intervención
- Etapa 4: Proyecto de convenio
- Etapa 5 : Designación del responsable de las operaciones.
- Etapa 6 : Comienzo de las operaciones y finalización de la fase sobre el terreno
- Etapa 7: Informe de diagnóstico
- Etapa 8 : Prescripciones posteriores del prefecto de la región
- EXCAVACIÓN
Procedimientos de reglamentación
Etapa 8 : Prescripciones posteriores del prefecto de la región
Puesto en línea el vendredi 5 Février 2010 · Actualización el lundi 8 Février 2010
Sobre la base del informe de diagnóstico, el prefecto de la región puede decidir:
-prescribir una excavación;
-modificar la consistencia del proyecto para evitar, del todo o en parte, la realización de las excavaciones;
-si en un plazo de tres meses el prefecto de la región no ha notificado ninguna prescripción, se considera que renuncia a promulgar tales prescripciones.
-prescribir una excavación;
-modificar la consistencia del proyecto para evitar, del todo o en parte, la realización de las excavaciones;
-si en un plazo de tres meses el prefecto de la región no ha notificado ninguna prescripción, se considera que renuncia a promulgar tales prescripciones.

